Cobertura médica para los trabajadores de la educación privada
Plan sin copagos, con cobertura integral en todo el país. Conocé qué incluye tu plan, cómo acceder a la cartilla y cómo funcionan las prestaciones de OSTEP.
Plan y coseguros
El plan de cobertura médica brindado por OSTEP corresponde a la modalidad de plan cerrado. Esto implica que los servicios médicos, estudios y prestaciones deben ser realizados exclusivamente dentro de la red de profesionales, centros y prestadores habilitados por la obra social (PLAN CLÁSICO GLOBAL EMPRESARIA/OSTEP).
Los afiliados de OSTEP no deben abonar copagos o coseguros para atención de consultas/prácticas incluidas en el PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO con profesionales y centros de cartilla. Por ello en nuestra credencial figura la leyenda “SIN COPAGOS”.
Al contactarte con un profesional o centro de cartilla, identificate como afiliado de OSTEP-GLOBAL EMPRESARIA para evitar confusiones con entidades de siglas similares. Si te indican que el servicio se encuentra cortado por falta de pago, esto es INCORRECTO: comunicate con OSTEP Central al 0800-222-3488.
Cobertura en vacaciones
Si al momento de solicitar una validación a través de la app Global Empresaria te encontrás en una ciudad o provincia distinta a la de tu residencia permanente, debés informarlo expresamente en el mensaje que envíes. En caso contrario, la validación se asignará automáticamente a la ciudad registrada como domicilio permanente.
ACCIDENTES DE TRABAJO
Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales (Ley 24.557, decreto reglamentario y normas complementarias y/o modificatorias) deben ser cubiertos por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo contratada por tu empleador.
Si por algún motivo recibieras la atención inicial por parte de OSTEP, deberás subrogarle los derechos para gestionar el recupero de los gastos médico-asistenciales ante la ART o el empleador. En estos casos, la obra social se contactará con la aseguradora o empleador que corresponda para la continuación de la cobertura a su cargo.
ACCIDENTES CON TERCEROS RESPONSABLES
En los accidentes con terceros responsables, el beneficiario deberá subrogar a la obra social, en todos los casos, los derechos que le competen para el recupero de los gastos médico-asistenciales derivados del siniestro, por prestaciones cubiertas por OSTEP.
Para ello deberá completar el formulario correspondiente implementado al efecto por OSTEP.
POR CUALQUIER CONSULTA COMUNICARSE MEDIANTE NUESTRA LÍNEA NACIONAL GRATUITA

