Reintegros en Ópticas

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MONTO TOPE A PARTIR DEL 01/02/2026

$86.011*

Todos los afiliados de OSTEP con credencial activa, podrán acceder a: REINTEGRO EN ÓPTICAS: 1 (un) anteojo recetado o un (1) par de lentes de contacto por año, bajo la modalidad de reintegro. PUEDE RECURRIR A LA ÓPTICA QUE DESEE. Aplica para todos los beneficiarios titular y grupo familiar afiliado. El beneficio está sujeto a un tope anual. Si el afiliado ya ha utilizado el beneficio, no podrá acceder nuevamente al reintegro hasta que se cumpla el plazo anual. 

Documentación que deberán remitir a reintegros@ostep.com.ar para el reintegro:

Credencial activa de OSTEP del titular y familiar a cargo.
Foto de DNI del titular y familiar a cargo.
Constancia de CUIL del titular.
Factura de LA ÓPTICA interviniente realizada a nombre del titular, aclarando en el detalle de la misma el nombre del paciente (APELLIDO, NOMBRE Y DNI) y donde figure el producto adquirido (debe coincidir con el especificado en la prescripción médica y no debe dar lugar a dudas de que es por anteojos graduados) NO DEBEN SER DE SOL. En caso de HIJOS, la factura debe estar realizada a nombre del TITULAR y en el detalle de la misma figurar APELLIDO, NOMBRE DNI DEL HIJO Y PRODUCTO ADQUIRIDO.
Constancia de CBU. La misma debe ser bancaria y a nombre de la persona a la que se facturó la compra.
Fotocopia del original de la prescripción médica extendida por un profesional matriculado donde conste: nombre y apellido del afiliado, DNI y/o número de credencial, detalles de la prescripción (diagnóstico, graduación, tipos de lentes, etc), fecha, firma y sello del profesional. Debe leerse correctamente el número de MATRICULA del profesional.

NO SE ACEPTARÁN FACTURAS CON UNA ANTIGUEDAD MAYOR A 60 DÍAS, SIN EXCEPCIÓN.
IMPORTANTE: El año rige para todos los afiliados desde el 01/02/2026 a 01/02/2027 – NO se contabiliza más desde la presentación de la primera factura)

 

Una vez que remita la documentación, en el transcurso de 72 hs hábiles se le asignará un número de expediente.

* Cobertura sujeta a clausulas particulares establecidas en el convenio de OSTEP. Se deja constancia que OSTEP podrá solicitar documentación adicional según cada caso. En caso de nuevas afiliaciones el beneficio figurará activo a partir del mes siguiente al ingreso.