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Todos los afiliados de OSTEP con credencial activa, podrán acceder a:

REINTEGRO EN ODONTOLOGÍA: tanto en consultas generales como tratamientos específicos como ortodoncia, implantes y cirugía bucomaxilofacial en consultorio con el odontólogo que usted elija (Siempre que sean PRÁCTICAS ODONTOLOGICAS).

Monto actualizado: A PARTIR DEL 15/03/2024 $250.000 por beneficiario, por año, bajo modalidad de reintegro

El año comienza a regir con la presentación de la primera factura- NO es de enero a diciembre. Los beneficiarios podrán solicitar el reintegro de dicho valor máximo o valores inferiores, hasta llegar al tope de bonificación de $250000 por año.* IMPORTANTE: Si usted ya hizo uso del beneficio, se le habilitará el diferencial del nuevo tope, no el tope completo.

CONSULTE SU NUEVO MONTO DISPONIBLE

Documentación que deberán remitir a reintegros@ostep.com.ar para el reintegro:

  • Credencial activa de OSTEP del titular y familiar a cargo.
  • Foto de DNI del titular y familiar a cargo.
  • Constancia de CUIL del titular.
  • Factura del profesional interviniente realizada a nombre del titular, aclarando en el detalle de la misma el nombre del paciente (APELLIDO, NOMBRE Y DNI) y la práctica realizada. En caso de miembros del grupo familiar: FACTURA REALIZADA A NOMBRE DEL TITULAR Y EN EL DETALLE DE LA MISMA DEBEN IR LOS DATOS DEL HIJO/CONCUBINO/CÓNYUGE (APELLIDO, NOMBRE Y DNI) Y PRÁCTICA REALIZADA.
  • Constancia de CBU. La misma debe ser bancaria y a nombre de la persona a la que se facturó el servicio odontológico.
  • Historia clínica que debe contener: Nombre y apellido del paciente/ DNI del paciente/Diagnóstico y descripción del tratamiento/Firma del profesional y sello/Fecha. Cada hoja de la misma que tenga información debe poseer los datos del afiliado y firma y sello del profesional. Debe leerse correctamente el número de MATRICULA del profesional.
  • Estudios previos y posteriores (radiografías).

Una vez que remita la documentación, en el transcurso de 72 hs hábiles se le asignará un número de expediente.

* Cobertura sujeta a clausulas particulares establecidas en el convenio de OSTEP. Se deja constancia que OSTEP podrá solicitar documentación adicional según cada caso.  En caso de nuevas afiliaciones el beneficio figurará activo a partir del mes siguiente al ingreso.